| Proponen crear el Régimen de Protección Socio-ambiental |
|
|
|
| Escrito por Redacción |
| Jueves, 18 de Marzo de 2010 11:12 |
![]() Usted imagine que si un proyecto de ordenanza dice en su articulado que los ríos, arroyos y canales son de carácter público y de libre circulación, y no podrán ser privatizados bajo ningún concepto y respétese la libre circulación por el camino público en las costas, algo malo está pasando. La cuestión es que la Coalición Cívica propone que se discuta una ordenanza donde incorpora la figura de Régimen de Protección Socio-ambiental para el Delta de Tigre. El proyecto de ordenanza busca preservar las islas del mercado inmobiliario y las consecuencias de la urbanización sobre las islas. De este modo se propone conservar el estado insular evitando la vinculación con el continente. Si la ordenanza termina siendo aceptada cada proyecto a ser implementado en las islas, deberá estar acompañado de un Plan de Gestión Ambiental y Social, aprobado por la autoridad de aplicación, tanto para la etapa de construcción como para la etapa de operación o explotación de dicho proyecto. De esta manera deberán presentar un sistema de gestión que incluya la estructura organizativa, las actividades de planificación, las responsabilidades, las prácticas, los procedimientos, los procesos y los recursos para desarrollar, implementar, realizar, revisar y mantener la política ambiental y social del emprendimiento. Y aquellos que se encuentren en ejecución de obra deberán suspender dicha acción hasta tanto se reglamente un Plan de Manejo. El delta del partido de Tigre viene soportando una importante presión inmobiliaria. Incluso hay distintas actuaciones judiciales. Recordemos que el emprendimiento Colony Park en el bajo delta del río Paraná, fue suspendido por la jueza Dra. Silvina Mauri, en la causa que tramita por Expte. N° 68660/08 por ante el Juzgado Civil Comercial N° 11 de San Isidro. La ordenanza viene a reglar sobre los recursos isleños. En este sentido propone que sobre los cursos de agua menores como horquetas o zanjas podrán construirse puentes para uso exclusivamente peatonal de acuerdo a lo ya normado. La medida se extiende a la prohibición de construir redes viales y la circulación de vehículos automotores en las islas. Por otra parte se veda el movimiento de suelos, la construcción de terraplenes, endicamientos, rellenos, pólderes, a fin de conservar la cota natural de las tierras y mantener la transparencia hidráulica de las islas. En este sentido la medida es importante ya que el natural flujo de las aguas por tratarse de un área inundable naturalmente bajo efecto de mareas y , sudestadas, evitan inundaciones en otros sitios. En este sentido también proponen que se preserve los centros de islas, respetando las planicies de inundación. Como parte de la cuestión de la perdida de las condiciones naturales del delta está vinculada a barrios y aún cunado los mismos están en un ambiente lacustre el proyecto de ordenanza hace hincapié en que no podrán realizarse lagos o lagunas artificiales. |




