Acumar desaprensiva y carente de realismo PDF Imprimir E-mail
Escrito por Redacción   
Sábado, 14 de Agosto de 2010 12:54

 


 

Al contrario que lo que se indica desde el ACUMAR, para la justicia existe  actitud desaprensiva de los responsables en este mega proyecto remediador, carente del realismo y la premura que la implementación ambiental exige y recuerda la necesidad de colaboración mancomunada de los diferentes agentes responsables del saneamiento -Estado Nacional, Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la Provincia de Buenos Aires y municipios.

Asi se desprende del escrito del  Juzgado Federal de Primera Instancia de Quilmes tras lo resuelto por la Corte Suprema de Justicia de la Nación donde le indica que promueva la  adopción de diferentes medidas ha comenzado a desperezarse. Hay que prestar atención que ya las intimaciones por abundantes e incumplidas, queda poco margen.

El máximo Tribunal ha exigido a la Autoridad de Cuenca del matanza Riachuelo (ACUMAR) el cumplimiento en forma inmediata de la instrumentación de un sistema de información digital, de acceso público que contenga todos los datos, informes, listados, cronogramas, costos y demás, actualizados. A esto se suma la adopción de alguno de los sistemas internacionales de medición disponibles, incluyéndose la realización de auditorías técnicas de control por cuestiones de dar confiabilidad a la información provista por la Autoridad de Cuenca Matanza Riachuelo (ACUMAR).

A su vez la Corte requiere explicaciones en cuanto al no cumplimiento a los mandatos establecidos en la sentencia en ejecución, respecto a la Contaminación de Origen Industrial, al Saneamiento de Basurales, a la
Expansión de la Red de Agua Potable, a Desagües Pluviales, al Saneamiento
Cloacal y al Plan Sanitario de Emergencia, identificando con precisión las causas y los funcionarios involucrados.
En otro considerando se pide que se informe las razones por las cuales se ha celebrado un convenio con la Auditaría General de la Nación relacionado con el control de los fondos públicos y si existió alguna actuación de dicha auditoría desde la fecha de la sentencia hasta la firma del convenio referido.

Para la Auditoría General de la Nación el convenio firmado la involucra, por lo tanto tendrá que informar  las dificultades que haya tenido para efectuar el control encomendado y las observaciones que haya realizado hasta el momento; y al Sr. Defensor del Pueblo de la Nación que manifieste las observaciones que estime pertinente respecto del grado de cumplimiento del Plan de Saneamiento.
Un párrafo aparte  es el tema del agua potable y saneamiento cloacal, donde la información deberá ser presentada de manera conjunta por el ACUMAR y la empresa Aguas y Saneamientos Argentinos S.A. (AySA).
Palabras clave:  acumar - corte - armella - aysa
 

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