Riachuelo y su club inflamable PDF Imprimir E-mail
Escrito por Redacción   
Sábado, 25 de Septiembre de 2010 12:57


El Juzgado Federal de Quilmes en una medida cautelar dispuso no construir un predio deportivo en Avellaneda
Es porque esos terrenos fueron expropiados por el municipio para ser utilizados en la relocalización de la “Villa inflamable”, como parte del plan de saneamiento.
El titular del Juzgado Federal de Quilmes, Luis Armella, hizo lugar a una medida cautelar solicitada por la Autoridad Cuenca Matanza Riachuelo (ACUMAR) y de esta manera le impidió al club Arsenal continuar con la construcción de un complejo deportivo en Avellaneda, que iba a ser levantado sobre unos terrenos expropiados por el municipio para la relocalización de la denominada “Villa inflamable”, como parte del plan de saneamiento de la cuenca dispuesta en el fallo “Mendoza” de la Corte Suprema de Justicia.
El municipio de Avellaneda dictó la ordenanza 22536, en la cual se dispone la expropiación de los terrenos involucrados para ser utilizados en la relocalización de la denominada “Villa inflamable”.
La ACUMAR presentó un pedido de medida cautelar para que se prohíba al club Arsenal la construcción de un complejo deportivo en esos terrenos.
En su resolución, el juez Armella “ordenó a Arsenal Fútbol Club la suspensión inmediata de todas las tareas vinculadas a la edificación, tendiente a la creación del complejo deportivo del mencionado club y de cualquier otra acción destinada a esos fines, tales como la realización de relevamientos, mediciones, estaqueos, amojonamientos, perforaciones etc.,  como asimismo  cualquier otra tarea preparatoria enderezada a esos efectos sobre los predios identificados en autos bajo las  nomenclaturas Cir I, Secc G, Fracción I, parcela 90-j, Circ I,  Secc. G, Fracción I, parcela 88, Circ I, Secc H, Fracción I, parcela 78  y el espacio denominado la costa de Sarandí Nro.49, de Avellaneda”.
Palabras clave:  arsenal - villa inflamable - quilmes - acumar - armella
 

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