Vía libre a la minería PDF Imprimir E-mail
Escrito por Redacción   
Viernes, 30 de Diciembre de 2011 11:23

 

La aprobación del proyecto enviada por el ejecutivo de Río Negro coloca nuevamente a la provincia en alerta. La ley da vía libre a la explotación a gran escala y a cielo abierto. La nueva Ley  establece la creación de un Consejo de Evaluación Ambiental Minera, y plantea presupuestos mínimos de control y preservación del medio ambiente para la actividad. Nadie puede darse por sorprendido ya que en la campaña Soria había anticipado que cargaría contra esa norma y que daría impulso a la actividad minera en la provincia. Según se plantea en la iniciativa los estudios de impacto ambiental tendrán carácter de declaración jurada, y serán suscriptos por profesionales idóneos que deben estar inscriptos en registros creados, a tal fin, por la autoridad de aplicación de la Ley Nacional 24.585, de Protección Ambiental para la Minería. Establece además que “las empresas o personas que a la fecha de entrada en vigencia de la presente ley posean la titularidad o derechos de concesiones de yacimientos minerales de primera categoría, como asimismo aquellas que beneficien dichos minerales, con los alcances del citado Código y hubieren obtenido la declaración de impacto ambiental que incorpora la presente Ley, podrán reanudar sus respectivas labores.

Al fundamentar la derogación de la ley argumentó que es “discriminatoria al prohibir el uso de insumos que están permitidos en otras actividades y por dar erróneamente por confirmado que el uso de determinados procesos mineralúrgicos son contaminantes, cuando están disponibles y son fácilmente accesibles las más modernas y eficaces teconologías internacionalmente certificadas”.


Estos fundamentos fueron sostenidos por la legisladora justicialista Arabela Carreras quien ponderó los alcances de la norma haciendo hincapié en la creación del Consejo evaluador que incorporó a los funcionarios del Ejecutivo, municipios y legisladores previstos originalmente, la participación de las universidades nacionales de la región, representación de vecinos, ambientalistas y de los pueblos originarios de cada una de las localidades en las que se desarrollen actividades mineras y un representante de INVAP S.E.

Por otra parte recordó que la minería acompaña al hombre desde todos los tiempos y de ella se sirve “la sociedad contemporánea depende para satisfacer sus demandas” (transporte, comunicaciones, todo tipo de industrias). “Es una oportunidad de convertir el recurso minero en riqueza y no vamos a desperdiciar esa oportunidad” dijo la legisladora quien defendió sus argumentos en favor del proyecto en su larga trayectoria y experiencia como ambientalista. 
La legisladora Carreras luego hizo una extensa alusión al artículo quinto de la ley en debate, el cual deroga la denominada “ley anti cianuro” y en cambio defendió la utilización de esa sustancia química bajo el control estatal ya que “pondrá de pié a la actividad minera” como ocurre en otras provincias.

En consonancia con el proyecto oficial, la legisladora sostuvo los argumentos de que la ley hasta hoy vigente es “discriminatoria al prohibir el uso de insumos que están permitidos en otras actividades y por dar erróneamente por confirmado que el uso de determinados procesos mineralúrgicos son contaminantes, cuando están disponible y son fácilmente accesibles las más modernas y eficaces tecnologías internacionalmente certificadas”. Por su parte Leonardo Ballester (Concertación) dijo “Nunca pensé que trataríamos este proyecto. Nos invadió una profunda amargura cuando nos enteramos horas atrás de la derogación” de la norma que prohibía el uso del cianuro en la actividad minera. Era “una ley para la vida y para la protección del medio ambiente”.

Magdalena Odarda (ARI) hizo referencia a “consideraciones del Parlamento Europeo que insta a los países miembros de la Unión Europea a prohibir el uso del cianuro en la industria minera y a la experiencia de su utilización durante los últimos 25 años”. Manifestó su convencimiento de que ello muestra “el error de pretender que con controles y estudios ambientales “no habrá contaminación”.

Claudio Lueiro (PPR): Recordó el debate en Cámara en ocasión del tratamiento de la ley anterior en el 2005 y rescató que “uno de los conceptos de mayor peso para avanzar en la prohibición, fue el principio precautorio” y la Declaración de Río sobre el Medio Ambiente que sostienen el criterio de precaución y de abstención “cuando haya peligro de daño grave o irreversible” o frente a la falta de certeza científica absoluta en la utilización de elementos que puedan ocasionar daños ecológicos.
Retomó conceptos expresados por Odarda haciendo referencia a que en Europa “la minería a cielo abierto está clasificado como uno de los principales contaminantes y que puede tener un impacto catastrófico e irreversible en la salud humana, el medio ambiente y en la diversidad biológica”.

 

Palabras clave:  cianuro - rio negro - ley
 

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