| Libertad de información en ambiente |
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| Escrito por Redacción |
| Domingo, 30 de Agosto de 2009 11:46 |
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No hay lugar a dudas, los Kirchner y Duhalde imponen la agenda de discusión política. Tras las elecciones del 28 de junio, el ejecutivo retoma las iniciativas dispuestos a refrendar la idea de “modelo”. El proyecto oficial de Ley de Servicios Audiovisuales, no solo impacta en las empresas de comunicación, también relanza y expone a los partidos políticos y a todo el arco social en un juego de pérdidas constantes. Los principales opositores Macrismo y la Unión Cívica Radical no saben jugar este juego. Por otra parte mientras que para Clarín se trata de “un plan para controlar a los medios”, para otros sectores todo el proceso de conformación del texto enviado al congreso, sumado a la apertura de distintas voces, produce un círculo virtuoso. Es que discutir la concentración siempre es buena señal. Lo del fútbol fue un aviso previo algo así como mostrar rápidamente resultados. En definitiva es decirle a la ciudadanía de manera práctica terminemos con la concentración mostrando un resultado. La Presidenta en el anuncio de la Ley que reemplazaría a la actual, disparó munición gruesa. Cristina evaluó que "la libertad de expresión no debe confundirse con libertad de extorsión", y que busca "una Argentina más plural" y vaticinó que el debate "va a poner a prueba como nunca a la democracia argentina". Todo esto es cierto. Ahora bien ¿qué es lo que pasa al respecto con la información en temas de ambiente? La respuesta es poco o nada. La Ley de libre acceso a la información pública ambiental fue sancionada el 26 de noviembre del 2003 y promulgada de hecho el 6 de enero de 2004. Esta celeridad no se condice con la reglamentación parcial de la misma y con la voluntad de hacerla cumplir por parte de los implicados en la norma. El objeto de la Ley dice que es para garantizar el derecho de acceso a la información ambiental que se encontrare en poder del Estado, tanto en el ámbito nacional como provincial, municipal y de la Ciudad de Buenos Aires, como así también de entes autárquicos y empresas prestadoras de servicios públicos, sean públicas, privadas o mixtas. Dicho de otra manera cualquier ciudadano podría pedir información a un amplio arco de actores. Pese a esta obligación en ningún organismo hay voluntad de cumplir este requisito que los obliga o plan de acción de comunicación, más allá de las vagas gacetillas de prensa. En el artículo dos de la ley se menciona que debe informarse las actividades y obras que los afecten o puedan afectarlos significativamente. También incluye un apartado que incluye a las políticas, planes, programas y acciones referidas a la gestión del ambiente. Esto significa que por ejemplo el Ceamse estaría comprendido en las generales de la ley y podría requerírsele información y tendría que otorgarla. O para ser más claros cualquier ciudadano u organización podría acceder de manera gratuita a la información de la Autoridad de Cuenca Matanza Riachuelo (ACUMAR). Y todo esto sin necesidad de acreditar razones ni interés. Pese a los augurios también hay obstáculos. El artículo siete dice que podrá ser denegada en los siguientes casos, afectación de la defensa nacional, la seguridad interior o relaciones internacionales. Puesto como anillo al dedo para Gualeguaychú y para Pascua Lama. |




